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Ante la disputa por la quita de fondos de nación, la Cámara Federal de Apelaciones hizo lugar a recurso presentado por la UNaF

En el marco del conflicto que la Universidad Nacional de Formosa mantiene con la Secretaria de Políticas Públicas de la Nación por el manejo de fondos, ayer, la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia Chaco resolvió hacer lugar al recurso de apelación deducido por la Casa de Altos Estudios con fecha del 25 de julio de este año y revocó la sentencia dictada por el Juzgado Federal en Formosa el 24 de julio. Según el fallo, en el considerando 5to la Cámara Federal se refirió al “deber” del Estado Nacional de “financiamiento” ya que “es el responsable de proveer el financiamiento, la supervisión y fiscalización de las universidades nacionales”.

En la Resolución además se deja en claro que el aporte del Estado nacional para las instituciones de educación superior universitaria de gestión estatal no puede ser disminuido ni reemplazado en ningún caso mediante recursos adicionales provenientes de otras fuentes no contempladas en el presupuesto anual general de la administración pública nacional, justificando así que “en un contexto inflacionario como el que atraviesa nuestro país, y con un presupuesto que no fue debidamente aprobado para el año 2022, sino que se rigió por el Presupuesto 2021 reconducido, no puede ser interpretado nominalmente como pretende la Secretaría de Políticas Universitarias”.

En tales condiciones, se constata que -tal como lo afirma la recurrente, existiría una diferencia entre los recursos efectivamente transferidos ($ 3.721.163.857,00) y los que UNAF afirma fueron necesarios para cubrir los gastos de funcionamiento y los sueldos conforme los aumentos acordados durante el año ($ 4.355.866.477,84).

Por otro lado, se asegura que el informe pericial tomado como elemento probatorio por la jueza sentenciante, “no ha realizado la operación técnica tendiente a determinar los montos necesarios para cubrir los incrementos salariales en el año 2022 que son de ajuste mensual y no están contemplados en el presupuesto reconducido”.

En consecuencia “corresponde hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la amparista y revocar la sentencia en crisis, debiendo disponerse en la instancia de origen que el perito contador Sebastián Luján se pronuncie de manera concreta, de manera previa al dictado de un nuevo pronunciamiento que contemple la información suministrada”.

En conclusión, ahora la Jueza Federal de Formosa deberá ordenar la ampliación de la pericial contable conforme a las pautas señaladas y luego dictar un fallo conforme a los argumentos jurídicos citados ut supra que contiene el Fallo de la Cámara y las pretensiones precisas de la Universidad Nacional de Formosa.

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