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El gobierno nacional da marcha atrás con multar a comerciantes que no puedan pagar los $60.000, publicó el decreto del bono y no contempla sanciones

El gobierno nacional oficializó este miércoles el pago del bono o suma fija de $60.000 para todos los trabajadores, tanto del sector público como privado, que perciban salarios inferiores a los $400.000. El texto no contempla sanciones ni multas por incumplimiento.

La medida había sido anunciada durante el fin de semana por el ministro de Economía y candidato presidencia de Unión por la Patria (UP), Sergio Massa. Luego, la ministra de Trabajo, Raquel “Kelly” Olmos, brindó más precisiones al respecto.

Este miércoles, en horas de la noche, la medida se hizo oficial mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que lleva la firma del presidente Alberto Fernández.

El mismo establece una “asignación no remunerativa para los trabajadores y las trabajadoras que cumplen tareas en relación de dependencia en el sector privado, regulados por las Leyes Nros. 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, 22.250, 26.727 y su modificatoria y otros estatutos profesionales especiales”.

Ese monto, tal como se informó, ascenderá a la suma $60.000, “que será abonada por los sujetos empleadores en ) cuotas de $30.000 con los salarios devengados en los meses de agosto y septiembre de 2023”.

Más adelante se consigna la situación de quienes trabajan en casas particulares, que percibirán una suma de 25.000 pesos en dos cuotas de 12.500 pesos cada una.

El artículo 4° contempla que “cuando la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal o convencional, los trabajadores y las trabajadoras percibirán la asignación no remunerativa en forma proporcional, de acuerdo a los mecanismos de liquidación previstos en el Convenio Colectivo de Trabajo aplicable o, supletoriamente, según las reglas generales contenidas en las leyes que les resulten aplicables de acuerdo a su modalidad de contratación”.

Asimismo, contempla que “las Micro y Pequeñas Empresas que cuenten con Certificado MiPyME vigente a la fecha de entrada en vigor del presente decreto podrán computar a cuenta del pago de sus contribuciones patronales declaradas con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA)”.

Y completa que “aquellos empleadores o aquellas empleadoras del ‘Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares’ que no fueren alcanzados o alcanzadas por el Impuesto sobre los Bienes Personales en el Ejercicio Fiscal 2022 y que hayan percibido ingresos netos en el mes agosto de 2023 por un monto inferior a $1.500.000 y que hubieren abonado el importe correspondiente a la asignación no remunerativa prevista en el artículo 3° del presente, podrán solicitar el reintegro de hasta el 50 % de lo abonado por este concepto, de conformidad con las condiciones y modalidades que establezca el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, quien deberá verificar el cumplimiento de los requisitos de presentación”.

Quiénes pagan y quiénes no

Entre las provincias, las únicas que anunciaron que pagaran el bono son La Rioja, Mendoza, Chubut y Santiago del Estero. Los gobiernos de Santa Fe, Córdoba, Misiones, la Ciudad de Buenos Aires, San Juan, La Pampa, Entre Ríos, Neuquén, Jujuy, Catamarca, Tucumán, Salta, Chaco y Santa Cruz plantearon directamente que no analizan el pago porque están en diálogo con los estatales, porque no disponen de los fondos o porque ya firmaron acuerdos que contemplan aumentos.

El sector privado dejó saber su disconformidad a través de diferentes entidades, como la Unión Industrial Argentina (UIA), la Cámara Argentina de la Construcción (Camarco), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Cámara Argentina de Comercio (CAC). Todas ellas manifestaron su posición contraria a la medida, a la que calificaron de “unilateral”.

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