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Brindan precisiones sobre impuesto a las ganancias en la Universidad Nacional de Formosa

La CP Georgina Julio, responsable del Área Impositiva de la Secretaría de Gerencia y Desarrollo de la Universidad Nacional de Formosa (UNaF), se refirió a la suba del mínimo no imponible del impuesto a las ganancias.
Al respecto, comentó que “a partir de las nuevas resoluciones dictadas por la AFIP, el tope desde el cual se deduce el impuesto a las ganancias subió para los tres grupos en los que se divide el personal, de acuerdo a su salario en bruto”.

“Para el grupo 1, el mínimo no imponible pasa a ser de $404.000. En el grupo 2, tributan quienes ganan entre $404.000 y $466.062, con el beneficio de la Deducción Incrementada, que se aplica a partir de enero. En el grupo 3 están los que tributan sin el beneficio e incluyendo el SAC, y que tienen un salario bruto que supera los $466.062. A su vez, la AFIP actualizó lo relativo al artículo 94 y los montos para las cargas de familia a deducir: hijos, cónyuge, hijos con discapacidad”.

La funcionaria resaltó que “en lo que puedo ayudar al personal desde mi área, es con las cargas. El beneficio y la herramienta que tiene el contribuyente para sortear el impuesto a las ganancias es la presentación mensual del Formulario 572, que se hace a través de un aplicativo de la AFIP llamado SIRADIG-TRABAJADOR. Aquí hay que ingresar la clave fiscal y declarar un domicilio fiscal electrónico para realizar las cargas de familia, así como los gastos que pudo haber tenido. En nuestra área, tomamos estas cargas y las actualizamos los días 20 de cada mes para incorporarlas a la liquidación del sueldo, con el objetivo de pagar menos tributo”.

“Recomendamos hacerlo mensualmente para que el sueldo pueda ser homogéneo. Además, el 31 de marzo es la fecha límite para cargar en el Formulario 572 del año 2022, las novedades de ese año relativas a cargas de familia en cuanto a educación, compra de dólares oficiales, y uso de tarjetas de crédito y débito en el exterior, entre otros”, señaló por último la CP Julio.

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