La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial N°17, dictó un fallo en el que declaró la “inconstitucionalidad de la Ordenanza N° 6.832 que habilitaba la construcción de un shopping o paseo de compras en la playa Arazaty.
Además, la Justicia Provincial le exige a la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes que elabore un “plan maestro” para ordenar el uso de los espacios públicos por parte de bares, boliches y paradores en esa espacio. Y, hasta que ello ocurra en un plazo de 6 meses, estas infraestructuras privadas “deben atenerse a 500 metros cuadrados de ocupación como máximo”.
El fallo de segunda instancia es en respuesta al amparo que, en el año 2020, presentó el colectivo “Defensores de los Espacios Públicos Costeros de Corrientes”, para frenar la construcción de un shopping sobre la playa pública y frenar el avance de construcciones privadas que no respetan la normativa federal y provincial sobre manejo de los recursos naturales, soberanía y manejo de los espacios comunes.
El fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial N° 17 contiene, además, enunciaciones sobre la importancia de la protección de la ribera, cursos de agua, los bienes comunes y el paisaje como patrimonio colectivo. (Diario El Litoral).