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La justicia entrerriana condenó a diez años de prisión a los policías acusados de violar a dos adolescentes: El hecho ocurrió en el 2016

Tras seis jornadas de debate a puertas cerradas, por tratarse la denuncia de un delito contra la integridad sexual, un jurado popular reunido este sábado en Paraná declaró culpables a Samuel Enrique Morel, como partícipe necesario del delito de “Abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido por personal de las fuerza policiales” y a Ezequiel Alejandro García como autor del delito de “Abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido por personal de las fuerzas policiales”.

Primer juicio por jurados de 2026

Se trató del primer juicio por jurados del año, se efectuó en el Salón de Actos del Superior Tribunal de Justicia (STJ) –ubicado en el segundo piso de los Tribunales de Paraná-, y fue en el marco del legajo “Samuel Enrique Morel y otro S/Abuso sexual con acceso carnal agravado”. Conocido el veredicto, el juez técnico y vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Alejandro Cánepa, anunció que la audiencia de cesura, durante la cual las partes brindarán sus argumentos sobre la pena que deberán cumplir los imputados, se realizará el 20 de febrero, a las 9. Según resolvió el juez Cánepa, los imputados seguirán con prisión preventiva en la Unidad Penal Nº 1 de Paraná hasta esa fecha.

Durante el debate el Ministerio Público Fiscal estuvo representado por las fiscales Valeria Vilchez y Fernanda Ruffatti, en tanto que los abogados Guillermo Mulet y Leonardo Schonfeld ejercieron la querella. Por su parte el abogado Julián Gracia intervino en representación del Superior Gobierno de Entre Ríos. El imputado Samuel Enrique Morel fue asistido por los abogados Damián Pettenati e Iván Vernengo, mientras que su colega Claudio Berón ejerció la defensa de Ezequiel Alejandro García.

Se trató del quincuagésimo tercer juicio por jurados realizado en Entre Ríos desde la entrada en vigencia de este sistema de juzgamiento penal.

El caso

La investigación se inició en julio de 2016, a partir de una denuncia presentada por la Defensora Penal de Niños, Niñas y Adolescentes Nº 8, por el presunto delito de abuso sexual con acceso carnal agravado en perjuicio de dos adolescentes alojadas en la Residencia Mujercitas, dependiente del Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia (Copnaf).

Según la acusación original, los hechos habrían ocurrido durante la madrugada del 5 de julio de 2016 en un vagón de tren ubicado en la Sección Guardia Especial, en el predio de la ex Estación de Trenes de Paraná, sobre calle Pascual Palma, entre Racedo y Pronunciamiento.

El caso tomó estado público luego de que una adolescente de 13 años concurriera al hospital San Roque con lesiones compatibles con abuso sexual, lo que motivó la intervención judicial y policial.

En un primer momento, la causa tuvo siete policías imputados. Durante la Investigación Penal Preparatoria, dos efectivos fueron sobreseídos y otros tres resolvieron su situación procesal mediante juicios abreviados, acusados de omitir actuar ante un delito en flagrancia.

Se trató de Emmanuel Wallington Smith, Francisco Gaitán y César Barrios, quienes acordaron penas de ejecución condicional. En esos procesos se dejó constancia de que no participaron directamente de los abusos, aunque se les atribuyó responsabilidad funcional por su rol como efectivos policiales.

Inicialmente, los acuerdos fueron rechazados por el juez de Garantías Nº 5, Mauricio Mayer, quien expresó disconformidad con la calificación legal. Posteriormente, los abreviados fueron homologados tras un cuarto intermedio dispuesto en noviembre de 2017.

En marzo de 2020, el juez Alejandro Grippo declaró la nulidad de la imputación original contra Morel como autor de uno de los abusos. La decisión se fundamentó en que la adolescente de 15 años nunca formuló denuncia contra el efectivo y sostuvo en reiteradas oportunidades que no había sido abusada.

A partir de esa resolución, Morel continuó vinculado a la causa, pero ya no como autor directo, sino como partícipe necesario del hecho atribuido a otro imputado. El magistrado valoró especialmente que la joven había ratificado ante la Justicia que no deseaba impulsar acción penal.

De esta manera, el proceso avanzó con dos acusados que finalmente fueron llevados a juicio por jurados, instancia en la que se determinó su responsabilidad penal.

(Diario Uno).

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